A continuación, se detallan los términos y condiciones generales de transporte de la compañía:
La Navigazione Libera del Golfo S.r.l., en adelante “La Compañía”, asume el transporte de personas, su equipaje, vehículos y motocicletas que acompañen a los pasajeros, de conformidad con el presente Reglamento de Transporte, cuyas condiciones se consideran conocidas y plenamente aceptadas por todo aquel que adquiera o utilice billetes de pasaje de la Compañía. El Reglamento de Transporte está a disposición de los usuarios en las oficinas y taquillas de la Compañía, así como en los mandos a bordo. Las tarifas, horarios, itinerarios y otras condiciones aquí indicadas pueden ser modificadas con el tiempo.
1) ENTRADAS Y TARIFAS
– El billete de pasaje es personal e intransferible, y sólo es válido para el transporte en él especificado. El pasajero está obligado a custodiar diligentemente el billete para justificar su derecho al viaje, y a exhibirlo a cualquier Oficial del buque o Funcionario de la Compañía que lo solicite. Los billetes con raspaduras y/o correcciones se considerarán nulos. El billete no utilizado para la fecha y la carrera perderá su validez, sin derecho a reembolso. El reglamento y las tarifas en vigor pueden consultarse en las taquillas de la empresa y a bordo de las embarcaciones. No se expedirá duplicado por billetes perdidos o robados.Entradas en línea
– Los billetes emitidos en línea siguen la normativa específica, detallada en la sección apropiada del sitio web de la empresa dedicada a la compra de este tipo de billetes.Niños
A los niños menores de 2 años se les permite el paso gratuito sin derecho a asiento; si ocupan un asiento, se deberá pagar la tarifa prevista. Los niños de 2 a menos de 12 años pagan la tarifa prevista para niños. A partir de los 12 años cumplidos pagan tarifa completa. La edad de los niños debe ser documentada antes de la emisión del billete. Los menores de 12 años deben ser supervisados por padres y/o adultos que los tengan a su cargo y no podrán circular por la nave sin ser acompañados. La Sociedad no será responsable de los daños sufridos por menores en caso de incumplimiento de lo mencionado anteriormente.Reducciones
Las reducciones en las tarifas de paso deben ser solicitadas por quienes tengan derecho a ellas antes de la emisión del billete, y previa presentación de los documentos justificativos.Beneficios para residentes en las islas
Las tarifas reducidas para residentes insulares –en las líneas donde estén previstas– son aplicables exclusivamente a los pasajeros que acrediten su residencia en la isla, con la debida documentación. El pasajero que durante el viaje resulte desprovisto del documento que da derecho a la facilitación aplicada en el momento de la emisión del billete, deberá abonar la diferencia entre la tarifa reducida ya pagada y la tarifa entera, incrementada en un 100%.Controles a bordo
La Sociedad, mediante inspectores encargados del control o también su propio personal de a bordo, podrá realizar controles sobre los títulos de transporte incluso durante la navegación. El pasajero que resulte sin título de transporte, sin haber dado previo aviso al Comandante o al personal de a bordo, será sometido al pago del importe del billete, de todos modos a tarifa completa, incrementada en un 100%.2) RESERVACIONES
– Los asientos reservados por agencias de viajes debidamente autorizadas, sin la compra simultánea del billete, quedan a disposición del reservante hasta una hora antes de la partida. Transcurrido dicho plazo, si no se ha procedido a la compra del billete, las reservas se cancelan automáticamente.3) ANULACIONES
Los billetes a cancelar por elección del pasajero, pueden ser cancelados hasta 24 horas antes de la salida, en la taquilla que los emitió, con una penalización del 30%. Transcurrido dicho plazo, no serán debidos reembolsos.4) PRESCRIPCIÓN
- Los derechos derivados del contrato de transporte de personas, equipajes y vehículos prescriben por el transcurso de los plazos previstos en los artículos 418 y 438 del código de navegación. Artículo 418 - Prescripción 1. Los derechos derivados del contrato de transporte de personas y equipajes no registrados prescriben con el transcurso de seis meses desde la llegada del viajero a destino o, en caso de no llegada, desde el día en que el viajero debería haber llegado. 2. Los derechos derivados del contrato de transporte de equipajes facturados prescribirán al transcurrir un año desde la fecha de entrega de los equipajes o, en caso de pérdida, desde el día en que deberían haber sido entregados. 3. 3. En el caso de un transporte que se inicie fuera de Europa o de los países ribereños del mar Mediterráneo, el plazo de prescripción de los derechos mencionados en los apartados anteriores será de un año. 4. En caso de transporte que se inicie o termine fuera de Europa o de los países ribereños del mar Mediterráneo, el plazo de prescripción será de un año.5) FACTURAS
- Los billetes no tienen valor de factura. Los pasajeros que deseen obtener el billete con valor de factura deberán solicitarlo explícitamente al comprar el billete, comunicando sus datos personales y fiscales de conformidad con el artículo 22 del DPR 633 del 26/10/72 y sus modificaciones posteriores, y antes de la emisión del mismo.6) EQUIPAJE
- Se considera equipaje las maletas, bolsas de viaje, mochilas y similares que contengan efectos personales y viajen con el pasajero. Los pasajeros tienen derecho a llevar una sola pieza de equipaje con unas dimensiones máximas de 50x30x15 cm y un peso máximo de 5,00 kg. El equipaje que exceda de la franquicia permitida se embarcará previo pago de la tasa correspondiente. El billete de equipaje sólo remunera el pasaje marítimo del propio equipaje. El embarque, desembarque, alojamiento y custodia del equipaje durante la navegación son responsabilidad del pasajero. Los bultos de equipaje no pueden colocarse sobre sillas o asientos, ni de forma que puedan causar una obstrucción a los demás pasajeros. Los bultos que no contengan efectos personales del pasajero, especialmente si son especialmente voluminosos, sólo se embarcarán si hay espacio disponible a bordo, siempre que no existan impedimentos técnicos o sanitarios, y a juicio incuestionable del Capitán. El pasajero que introduzca a bordo sustancias u objetos de posesión ilícita, o que no se ajusten a las disposiciones sanitarias o legales vigentes, será responsable frente a la Compañía de los daños, multas y sanciones en que incurra como consecuencia de dicha introducción. La Compañía no se hace responsable de los objetos de valor, objetos valiosos, dinero o cualquier otra cosa que se deje en el coche o en las zonas comunes a bordo del buque. En cualquier caso, corresponde al reclamante probar la entidad de la pérdida o daño sufrido, así como el hecho de que dicha pérdida o daño se produjo durante el transporte.7) PERROS, GATOS Y MASCOTAS
– Salvo disposiciones legales en contrario, se permite el transporte de perros, gatos y otros pequeños animales domésticos vivos que acompañen a los pasajeros, previo pago de la tarifa prevista. Ningún animal podrá ser introducido en las salas y locales destinados a los pasajeros, a excepción de los perros guía de los no videntes. Los perros deberán ir provistos de bozal y correa. Los gatos u otros animales domésticos deberán ser transportados en jaulas o cestas por cuenta de sus propietarios. La alimentación de los animales corre a cargo de los propietarios. Para los animales que viajan acompañando a los pasajeros se requiere la siguiente documentación: certificado sanitario o veterinario en vigor que acredite que el animal no padece enfermedades y, en particular para los perros, que ha sido vacunado contra la rabia. Dicha documentación podrá ser solicitada en el momento de la expedición del billete correspondiente o por el personal de a bordo en el momento del embarque.8) ARMAS Y MERCANCÍAS PELIGROSAS
– Está estrictamente prohibido llevar a bordo armas blancas y de fuego, municiones, explosivos, combustibles u otras sustancias nocivas o peligrosas.9) DISPOSICIONES DE BORDO – AVISOS
Desde el momento del embarque a bordo y hasta el desembarque, cada pasajero está obligado a cumplir las disposiciones impartidas por el personal de a bordo y los avisos publicados. En particular, los pasajeros deberán permanecer sentados durante la travesía y las operaciones de amarre y desamarre, y mantener un comportamiento que no comprometa la seguridad de la navegación. En caso de que, en el momento del embarque o durante la navegación, se constate que un pasajero porta armas, o de cualquier otra forma parezca en condiciones (por enfermedad, embriaguez u otras razones) tales que representen un peligro o molestia para sí mismo o para los demás, el Comandante del buque podrá rechazar el embarque y/o adoptar todas las medidas previstas por la ley.10) RESPONSABILIDAD DEL PASAJERO
– El pasajero responde por todos los daños que cause directamente, o por persona o animal bajo su custodia, a la nave, sus muebles, dependencias y accesorios, equipos, otros pasajeros, equipaje, personal empleado de la Compañía o auxiliares, o a terceros en general, así como al pago de sanciones, multas, infracciones y/o gastos en los que la Compañía sea eventualmente sujeta.11) VEHÍCULOS DE ACOMPAÑAMIENTO
- El pasajero debe ocuparse personalmente y bajo su responsabilidad del embarque y desembarque del vehículo que le acompaña. Una vez embarcado, el vehículo debe dejarse con el motor y las luces apagados, las ventanillas cerradas, sin llave, la primera marcha engranada, el freno de mano accionado y la llave de contacto introducida en el salpicadero. Es responsabilidad de los pasajeros dejar objetos en los vehículos; el portaequipajes puede estar bloqueado. Está prohibido subir a vehículos que transporten mercancías peligrosas o nocivas, no permitidas por la normativa vigente, y contenedores con productos inflamables en general. Es obligatorio declarar en el momento de la compra del billete el transporte de vehículos propulsados por gas licuado. Quienes no realicen dicha declaración perderán el derecho a embarcar. Los vehículos serán llamados a embarcar en el orden que disponga el capitán del buque y/o sus subordinados y ayudantes, quienes indicarán el lugar donde serán colocados. El capitán del buque podrá solicitar al pasaje que descargue el equipaje del techo de los vehículos. Cualquier daño sufrido por los vehículos de acompañamiento durante las operaciones de embarque o durante la travesía deberá ser comunicado al Capitán inmediatamente o, en cualquier caso, antes del desembarque. La Compañía no se hace responsable de los daños o desperfectos que pueda sufrir el vehículo y/o los objetos que contenga. Cualquier daño causado por el vehículo al buque y a terceros deberá ser indemnizado antes del desembarque. La orden de embarque es responsabilidad exclusiva del Capitán a Bordo. Las tarifas de los vehículos acompañados incluyen las tasas de embarque y desembarque. Los grupos de tarifas son los siguientes - Grupo I: hasta 4 mt. - Grupo II: más de 4 m. También es necesario presentarse en el punto de embarque con un vehículo acompañado al menos media hora antes de la salida. Los pasajeros que no se presenten al embarque en el plazo mencionado, aunque dispongan de reserva, perderán el derecho a la garantía de asiento. En caso de cancelación de la travesía debido a las condiciones meteorológicas, la Compañía declina toda responsabilidad, al igual que en todas las circunstancias que no estén directamente bajo su control. Cambios: no se concederá ningún reembolso en caso de cambio de fecha, itinerario o categoría de vehículo. En caso de pérdida o robo del billete, deberá adquirirse un nuevo billete. La Compañía se reserva el derecho de modificar los horarios y las tarifas sin previo aviso. Reserva del vehículo : Al comprar el billete, es imprescindible especificar el tamaño y las características del vehículo. Las medidas totales se tienen en cuenta para el cálculo de la tarifa. En caso de omisión o declaración falsa, la empresa se reserva el derecho a denegar el embarque.PROHIBIDO
– Se prohíbe a los pasajeros incluir en su equipaje o embarcar vehículos que transporten materiales inflamables o peligrosos, mercancía de contrabando, o transportar cartas y paquetes sujetos a tasas postales, bienes monopolizados por el Estado, o que de cualquier modo esté prohibida su exportación. También se prohíbe introducir en los salones de las embarcaciones objetos que puedan causar molestia o incomodidad a los pasajeros, recostarse en los sofás, abrir o cerrar las ventanas sin dirigirse al personal de a bordo. Por el incumplimiento de las prohibiciones mencionadas, los pasajeros serán responsables ante las autoridades competentes y ante la Compañía, que se reserva el derecho de reclamación por los posibles daños, multas y sanciones a las que pudiera ser sometida. Los pasajeros están obligados a indemnizar los daños que ocasionen a la embarcación y a los mobiliarios de a bordo.Embarque
– El pasajero, en el momento del embarque, está obligado a exhibir al personal de a bordo el título de viaje y los documentos que acrediten el eventual derecho a reducción de tarifa o exención de pago.14) ITINERARIOS Y HORARIOS
- Los horarios de salida y llegada del buque y el itinerario están sujetos a cambios, incluso sin previo aviso, por razones técnicas o de fuerza mayor. Por estas razones, la Compañía se reserva el derecho de cancelar o modificar total o parcialmente los viajes programados y también se reserva el derecho de cancelar salidas o escalas por las mismas razones. En caso de que el itinerario del viaje deba modificarse por razones técnicas o de fuerza mayor, el pasajero deberá desembarcar en el puerto del nuevo destino y no se efectuará ningún reembolso ni indemnización. Por ello, el pasajero deberá solicitar confirmación de itinerarios y horarios, con suficiente antelación, en las taquillas del puerto de escala, cerciorándose -antes de la salida- de que no se han producido cambios en el buque y horario que figuran en el billete. En este caso, el pasajero podrá solicitar a la taquilla que se le permita partir, si hay disponibilidad de plazas, con otro viaje realizado por la compañía, o podrá renunciar al propio viaje, contra reembolso del precio del billete, que se efectuará en la taquilla emisora. La Compañía no abonará ninguna otra indemnización o compensación por daños y perjuicios, cualquiera que sea la causa de la anulación o modificación del viaje.15) RESPONSABILIDAD’
– El transporte de pasajeros, automóviles y equipaje se realizará a riesgo del pasajero. La Compañía declina toda responsabilidad por daños a personas o cosas, o robo de automóviles o equipaje. No se podrá atribuir ninguna responsabilidad a la Compañía por gastos adicionales causados por retrasos u omisiones de trayectos debidos a fallos técnicos o mecánicos de sus medios, o en cualquier caso debidos a causas ajenas a su voluntad, como enfermedades, mal tiempo, huelgas, cuarentenas, guerras, fuerza mayor. Los horarios, tarifas y condiciones de viaje pueden ser modificados sin previo aviso.16) RECLAMOS – ACCIDENTES – DENUNCIAS
– Cualquier reclamo deberá ser notificado por escrito directamente a la Compañía. Los accidentes o daños sufridos por personas o cosas deberán ser notificados inmediatamente al Mando de Bordo del buque en el que se realizó el viaje.17) EXHIBICIÓN Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO Y LAS TARIFAS
– El presente reglamento se exhibirá, para conocimiento del público, en las instalaciones de cada agencia de la Sociedad y en las instalaciones del buque destinadas a los pasajeros.18) INTEGRACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
- La Sociedad se reserva el derecho de integrar o modificar en cualquier momento las condiciones que regulan la relación de usuario. Las comunicaciones relativas serán realizadas válidamente por la Sociedad mediante aviso expuesto en las Oficinas y Taquillas de la Sociedad y en los Comandos de a bordo, y entrarán en vigor con la vigencia indicada en dicho aviso.19) FORO COMPETENTE.
Para cualquier controversia que pueda surgir en orden a la interpretación y ejecución del presente Contrato de Transporte, el pasajero acepta la jurisdicción italiana y la competencia del Foro de Nápoles, sin perjuicio del derecho de la Sociedad de recurrir a cualquier otro Foro competente, italiano o extranjero. Registrado en Nápoles el 27/09/2004 con el n° 101346/3, en la Agencia de Ingresos – Oficina Nápoles 1°.